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{center} + {left margin} 1740 {right margin} Numero 696 {center} Señor Governador y Capitan General {left margin} Unas diligensias sobre marido y muger yndios que los escalabraron sus amos. Thadeo y Polonia su muger sirvientes de Antonio Baca disen que se querellan de Antonio de Ortega yerno de dicho Antonio Baca por averlo tirado a matar con una hacha sin aberle dado mas causa que averle mandado regar una milpa de dicho Antonio Ortega acabando de regar dicha de Antonio Baca y aberse acabado el agua y no entrar por la azequia motivo para que me pusiera como Vuestra Señoria reconosio derribandole toda la seja de el ojo isquierdo que a no aber metido el brazo para reparar el golpe lo mata y su muger Polonia por defender a su marido le abollo la cabesa la muger de Antonio Baca suegra de dicho Antonio de Ortega y que en dos años que a que le sirve dicho yndio Thadeo a el dicho Antonio Baca no le a dado mas que tres mantas y el coton y de ellas se an quedado en casa de dicho Antonio Baca las dos mantas y el coton y que se querellan sivil y criminalmente de dicho Antonio de Ortega y de su suegra marido y muger para que Vuestra Señoria me aga justicia medidiante se sirva de castigar a dicho Antonio de Ortega por aberlo tirado a matar todo lo qual juro en devida forma ser berdad y no malicia y por no saber firmar ago una cruz en lugar de firma. {center} + En la Villa de Santa Fe en beinte y nuebe dias

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del mes de maio del año de mill setezientos y quarenta yo el theniente coronel don Gaspar Domingo de Mendoza governador y capitan general deste reyno bista esta querella del yndio e yndia menzionados a la buelta devia mandar y mande se remitiese esta causa al theniente general y alcalde mayor desta capital don Juan Paez Urtado para que la sustanzie y entienda en ella aziendo compadezer los culpados y dañadores a dicha capital en donde deven dar sus descargos asi lo probei mande y firme con los de mi asistenzia a falta de escribano que no le ai por lo que actuo en forma de recetoria de etcetera. Joseph de Terrus {rubric} Don Gaspar Domingo de Mendoza {rubric} Francisco Ortiz {rubric}

{left margin} Declarasion de Antonio de Ortega En la Villa de Santa Fee en treinta dias de el mes de mayo de mill setecientos y quarenta años en cumplimientos de el auto de arriba de el dia antesedente enbie los ministros de justicia que me asisten para las execusiones que se me ofresen a llamar a Antonio de Ortega y a Maria de Aragon su suegra de quienes se querellan el yndio Thadeo y su muger Polonia a los quales estando presentes les ley la querella presentada contra ellos y oida y entendida dicha querella por Antonio Ortega estando presente ante me el theniente general

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y alcalde mayor en dicha villa Juan Paez Hurtado y testigos de asistencia le resebi juramento que hiso por Dios nuestro Señor y la señal de la cruz lo be cargo de el qual prometio desir verdad de lo que por mi le fuere preguntado y siendolo por mi que que causa la dio el yndio Thadeo para averlo puesto como lo puso dixo que estando dicho yndio el sabado beinte y ocho regando una milpa con otro moso llamado Fransisco Garcia como a las quatro de la tarde fue el dicho yndio Thadeo y quito el agua de la asequia y se fue a la casa de su ama Maria de Aragon y se enpeso a calsar los sapatos para venirse a la villa con Polonia su muger y que su ama suegra de este declarante le dixo Thadeo no fuiste el juebes dia de la asencion de el Señor porque quieres ir aora tanbien a que respondio el yndio ello es que aunque rebiente quien rebentare yo e de ir y que Maria de Aragon su ama le dixo ven aca no estas vestido y tu muger y eres dueño de lo que ay en casa que hisieras entregar esa milpita de Antonio a que le respondio el yndio si quieren sus yernos que les riegue sus milpas que me paguen y si lo hase por lo que me a dado ai estan sus mantas y su coton y se los tiro a la cara a su ama quien viendo su desacato le dio con una bara que tenia en la mano un baraso en la cabesa y el yndio la agarro por los brasos y la llebo retirando de espaldas y que viendo la muger de este declarante llebar a su madre de aquella forma le dixo a este declarante (que estaba texiendo una fresada) hijo no ver como trata el yndio a mi nana y entonses se lebanto y fue a apartarlos y el yndio solto a su ama y se fue abrazando? con este declarante y dandole un puñete en un ojo

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y agarrandolo de el paño de pescueso lo tiro a el suelo apretandole el paño de suerte que ya lo ahogaba tanto que este declarante le dixo a su muger le favoresiera que lo ahogaba el yndio y su muger entonses le dio a el yndio con una coa en la cabesa y lo descalabro y este declarante vistose ahogar de le yndio y estar majandole a moquetes y repelandole lo cabellos tubo lugar a el darle su muger con la coa a el yndio de morderle en la seja y en la ternilla de la nariz a el yndio y no con hacha como dise y que en toda su querella falta a la verdad y que a la yndia Polonia quien le dio en la cabesa fue su suegra de este declarante con un leñito de sabina y que todo lo que lleba declarado es la verdad sob cargo de el juramento que fecho tiene en que se afirmo y ratifico siendole leyda su declarasion y que esta segun lleba declarado dixo ser de edad de beinte y sinco años no firmo por no saber firmelo yo dicho alcalde mayor actuando como juez receptor con testigos de asistencia por la notoria falta de escribano que no lo ay en esta villa con los de mi asistencia que lo hizieron dicho dia. Juan Paez Hurtado {rubric} Testigo Joseph Miguel de la Peña {rubric} Joseph de Terrus {rubric}

En la Villa de Santa Fee en treinta y un dias

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de el mes de mayo de mill setecientos y quarenta años yo el theniente general y alcalde mayor en dicha villa en prosecusion de estas diligencias hise pareser ante mi a Francisco Garcia zitado por Antonio Ortega a el qual pregunte si se avia hallado presente a la riña que el yndio Thadeo tubo con dicho Antonio Ortega y me respondio que no vido tal cosa que el estaba en la milpa con un hijo de Antonio Baca y que el dicho Antonio Ortega le conto lo que avia pasado y para que conste lo puse por diligencia que firme como juez receptor con testigos de asistencia en dicho dia. Juan Paez Hurtado (rubric) Joseph de Terrus (rubric) Joseph Miguel de la Peña (rubric)

{left margin} Declarasion de Maria de Aragon En dicho dia mes y año ante mi el theniente general Juan Paez Hurtado alcalde mayor de dicha villa y su jurisdicion paresio Maria de Aragon muger legitima de Antonio Baca a la qual estando presente le resebi juramento que hizo en forma de derecho debajo de cuyo cargo prometio dezir verdad de lo que le fuere preguntado y siendolo por mi que que motibo tubo o que causa le dio la yndia Polonia su sirviente para averla machucado la cabesa a palos dixo que estando una yndia mia en casa de esta declarante fue otra yndia de esta villa a desirle que yo la llamaba y que el yndio querellante se quiso venir el sabado con su muger a que este declarante le dixo que no viniera que el juebes de la assencion avia oido missa y su muger que si no b[e]ia que estaban con la escarda y riegos en la mano que si no lo co-

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