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Quiros alcalde ordinario de segundo boto estando hasiendo audienzia publica en los estrados de su jusgado con espada señida sonbrero puesto y la bara de alcalde ordinario en la mano hallandose presentes algunas personas y en particular el ayudante Antonio Luzero de Godoi y Ramon Garzia Jurado de que yo el presente escrivano doi fe. Miguel Tenorio de Alva {rubric} Escrivano de Cavildo
{left margin} Notificasion Luego yncontinenti en dicho dia mes y año yo dicho escrivano de cavildo ley y notifique la sentenzia contenida en est[a] ot[r]a aparte al capitan Antonio de Sisneros en su persona el qual dijo que la oi[^e] y que la admitte y abraza en su favor y no firmo porque dixo no saber siendo testigos Cristoval de Gongora Juan Antonio Ramos. Miguel Tenorio de Alva
Luego yncontinenti en dicho dia mes y año yo dicho escrivano de cavildo ley y noti-
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fique la sentenzia contenida en estos autos al maestre de canpo Lorenzo Madrid en su persona y dixo que hablando con la atenzion que se deve al señor alcalde ordinario apela a mayor tribunal y esta es su respuesta y lo firmo siendo testigos Christoval de Gongora Juan Antonio Ramos. Lorenzo de Madrid {rubric} Miguel Tenorio de Alva {rubric}
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{center} Señor alcalde ordinario El maestre de canpo Lorenso de Madrid besino desta (b)[V]illa de Santa Fe paresco ante Vuestra Merced en la mas bastante forma que aiga lugar en derecho y al mio conbenga y digo que en la sentensia que Vuestra Merced tiene dada contra mi en orden a la demanda que Antonio Sisneros me tiene puesta de que apele para ante el señor gobernador y capitan general como jues superior deste reino y para seg[u]ir la dicha apelasion lo mas que para ello me conbenga.
A Vuestra Merced pido y suplico que obrando en justisia se me entrieg[u]en los autos para pasarlos al tribunal del señor gobernador y capitan general para que bistos por su señoria probea lo que fuere serbido de que otorgare resibo y juro a Dios y a esta crus + que este mi pedimento no es de malisia sino por alcansar justisia la qual pido costas protestos en lo nesesario etcetera. Lorenzo de Madrid {rubric}
Y por mi vista que se acomule a los autos y se le
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entrieguen dando resivo de ellos firmado de su nombre y para que conste lo firme en catorze dias de el mes de mayo de mil seizientos y noventa y siete años. Diego Arias de Quiros {rubric}