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EL CONSTITUCIONAL DE PUNO
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El hombre de bien ha de moslrar un pecho lierno, y un alma elevadaz y el amante de la especie humana no ha de incensar á los opresores de ella. [Dumarsais.]
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NUM. 40.
NOTA- Este periódico se publicarà el sābado de cada semana; su precio un real. Se admiten suscripciones, pagando adelaniado el semestre á razon de 4 reales por mes. Los SS que quieran suscribirse, occurrirán á esta imprenta. Se venden nú,eros suellos á real en la trenda del Sr. Rodrigues.
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SABADO 22 DE AGOSTO DE 1840.
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ARTICULOS DE OFICIO
El Presidente Provisorio de la Republica. Al Congreso Jeneral.
(Conclucion al numero anterior.)
Un prodijio de tanta magnitud como el de la restauracion, es que esta haya podido realizarse sin acrecer la deuda externa, sin impoestos extraordinarios, y sin causar un fuerte estrago sobre la renta pública. La suma que aun se adeuda por suel to al ejército auxiliar de Chile, está liquidandose, y será sin duda oportunamente satisfecha.
Se acerca el tiempo en que el Gobierno paedo presentar el presupuesto jeneral al cuerpo destinado por la lei para su aprobacion.
El comercio está vivificado por todo jénero de franquicias; y un nuevo reglamento, para el que me autorizásteis, con ciliará su libertad con el fomento de la indostria nacional, que ya ha recibido nuevo impulso con la lei de navegacion que el Gobierno dictó ánte de que diéseis la Constitucion, y que tuvísteis á bien aprobar.
Nuestras relaciones con el resto del mundo no se han resentido por nuestro sacudimiento político, y estamos actualmente en paz con todo el mundo.
Los auxiliares jenerosos, que condu-
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jeron desde Chile sus estandartes vengadores, sombreando con ellos á los ilustres proscriptos de la Patria, han regresado ufanos y contentos, llevando en nuestro abrazo un recuerdo de las glorias comunes
Bolivia ofrecía á nuestro jóven ejército un campo de nuevas hazañas, y todos los aliecientes del jenio militar: sucesos muy recientes, preparados por el opresor comun de ambos pueblos, pareclan necesitar á los dos á un conflicto lamentable, y la discordia ajitaba ya sus teas entre las filas de uno y otro ejército. En medio de esta situacion hostil, apiaudiréis sin duda que ningun acto de imprudente ardor haya estallado en nuestras fronteras: y que ese ejército distinguido por su moral haya esperado paciente las decisiones de la política y de la justicia pronunciadas por wl órgano legal, para lanzarse al eombate; y que no menos virtuoso y moderado que valiente, haya r-cibido con resignacion el anuncio de paz que lo ha desarmado. Tres mil soldados han desapaewcido ya de sus filas soldados han desaparecido ya de sus filas, y su arreglo es hoy el objeto de los pensamientos del Gobierno.
Esa paz coñ Bolivia q' en medio del entusiasmo y del júbilo celebra hoi la Nacion, es el fruto de una negociacion prolongada, q' ninguna especie de debilidad condujo ciertamente, sino la prevision, la moderacion y la justicia. El Gobierno del Perú ha ajustado la paz con el de Bolivia, síguiendo el espíritu de las reglas que le disteis para conservar intacio el honor na
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cional: y ya tengo el placer inefable de anunciaros que nos han sido devueltos del modo mas solemne los mismos estandartes que el tirano depositára en su patria como trofeos perdurables de su ominosa usroacion.
Bajo los auspicios de la pazexterna é interna, os habeis reunido para prociamar al primer Majistrado de la Nacion. Esta se encuentra dirijida por e! influjo bienhechor de vuestros consejos, en estado de recibir todas las mejoras materiales y morales marchando por el ancho sendero de sus destinos, y coronada con la dobie aureola de la justicia y de la gloria. Señalad á aquel á quien su voto omnipotente haya elejido. ¡Que êl sea capaz de hacer dichoso al puebio peruano y que al trazar el cuadro de la República á la representacion Nacional el año venidero, pueda pre sentarla grande, poderos y aun mas digna del respeto universal! Lima á 7 de Julio de 1840.-AGUSTIN GAMARRA
El Sr. Presidente del Congreso le conlesló en los términs siguientes.
Jeneral Presidente.
El cuadro que habels trazado de la situacion de la Repúlica es el presajio de su prosperidad y la recompensa mas querida del Congreso. La paz quehabeis ajustado con Bolivia ha sido embellecida con el placer de la sorpresa. Cuando en todo el territorio de la República no se oia mas que el estrépito de las armas, y la organizacion y movimiento de los cuerpos del ejercito anunciaban una guerra inevitable, haceis saber á los pueblos estar restabelcida la concordia entre el Perú y Bolivia y cumplidos los votos de la Nacion que solo anhela gozar de las dulzuras de la paz. A nombre de ellos os felicito por haberla obtenido sin mengua de nuestra gloria y sin el costo de la sangre que se vertiera en los campos de batalla. Pero no basta vivir en paz con los vecinos. Menester es libertad y órden para el progreso social y poner en actividad los resortes del bienestar comun é individual. Esta condicion moral está satisfecha por el Congreso en Huancayo. Reunido al otro
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lado de los Andes, rodeado de grandes privaciones, no ha tenido cada uno de sus honorables individuos mas que interrogar á su corazon en cada una de las árduas cuestiones que se ofrecen en la organizacion politica de un Estado. Allí han encontrado escrita la respuesta por la mano inerrable de la amarga esperiencia porque ha pasado el Perú en largos años de revueltas y desastres hasta perder su existencia social, llevando en la innovacion de su nombre la marca ignominiosa de partenecer al extranjero. No se repetiná ya esta escena deplorable ocacionada por la insuficiencia de la Carta para perpetuar el Gabierno en el caso de víolar la confianza pública el encargado del Supremo Poder Ejecutivo. La unidad Nacional y el ejercicio permanente del pder lejitimo están afianzados en el llamamiento provisorio de los Presidentes del Consejo de Estado á la Presidencia de la Republicar del Consejo de Estado, censor de todos los funcionarios, órgano de las que jas los particulares contra los abusos del poder, custodio inexorable de las leyes y escuela, digamoslo así, de los que han de subir á rejir interinamente la República, penetrados de los obstaculos que encuentran las leyes en su ejecucion, y de la necesidad de removerlos.
El Congreso prosederá con severa imparcialidad, y respetando escrupuiosamente las formas legales á la apertura u escrutinio de las actas de eleccion de Presidente de la República por los colejios electorales de las provincias y desde ahora se promete que el designado por su soberana voluntad será digno de ocupar tan elevado puesto.
RETORICA.
Energia y armonia de las sentencios.
No basta que las sentencias tengan solo las calidades antes referidasi pues pora alguna sircunstancia poco favorable pueden conocer de aquella energía, ó vivazidad de impresion que lubiera producido una estructura mas feliz.
La 1. ° regla para dar energía á una sentencia es limpiarla de toda paiabra redundante. Todo lo que no añade al sentido.
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se lo quita. Obstat dice Quintiliano, quidquid non edjuvud. Lo mejor es dejar de espresar, todo lo que puede facilmente suplirse. Decir contento con mercer el triunfo rehuso los "honores" es mas energico que, estando contento con merecer un triuno, el rehuso el honor de el. "
Tambien deben limpiarse las sentencias de todo miembro que redunde, porque como cada palabra debe presentar una idea nueva, cada miembro debe contener un pensamiento nuevo.
2. º Para dar energía á las sentencias se hade atender al uso de las particulas copulativas, relativas y demas. Algunos multiplican sin necesidad las particulas demostrativas: otros omiten el relativo, cuando creen que sin el podra entenderse el concepto; pero si este estilo elìptico es tolerable en la conversacion y en las cartas; hace mal efecto en los escritos de importancia-- Por lo que hace a las copulativas debe observarse 1. º que debilitan el estilo repetidas sin necesidad: 2. º que aunque su uso natural sea junta los objetos; sin embargo abandonando a veces la conjuncion señalamos en efecto una conexion mas estrecha, haciendo que se sucedan mas rapidamente los objetos. Veni, vidi, vici, espresa con mas espiritu la rapides de la conquista de Cesar; que si se hubiese usado de las particulas copulativas.
"Acude, corre, vuela.
Traspasa el alto sierra; ocupa el llano;
No perdones la espuela:
No des paz a la mano:
Menea fulminando el hierro insano.
Fr. Luis de Leon, en la profecia del Tajo.
3. º Las palabras capitales se pon drán en el lugar donde hagan mayor impresion. Es verdad que no puede darse regla fija, sobre si la harán mejor al principio, al medio o al fin, porque es preciso que varie segun la naturaleza de la sentencia.
4. º Los miembros de la sentencia iran siempre en aumento, segun su importancia. Esta cordinacion se llama climax: y este es una belleza: porque en todas las cosas gustamos mas bein de ir ascendiendo a lo que es mas y mas bello, que de llevar un orden retrogado.
5. º No concluirán las sentencias con un adverbio, u otra palabra poco importante.
6. º En los miembros de la setencia, cuando comparan o contraponen do cosas, se guardara alguna semejanza en el lenguaje: porque correspondiendose las cosas unas á otras, esperamos que tambien correspondan las palbras. Pero se debe cuidar de no poner mucha atencion en esta belleza: porque si se aspira siempre a esta construccion, se incurre en una desagradable uniformidad.
La calidad ultima de las sentencias es su armonia o agrado al oido. El sonido es una calidad, que aunque inferior a la significacion, no debe ser desatendida: pues siendo el vehiculo de la comunidacion de nuestras ideas, habra siepre muy estrecha conexion entre la idea comunicada, y la naturaleza del sonido que la comunica.
Dos cosas hay que considerar en la armonia: el sonido agradable en general; y el sonido espresivo de la significacion.
Es evidente que la belleza de la cons truccion musical depende de dos cosas; de la eleccion de las palabras, y de su colocacion. Al oido son mas agradables las palabras compuestas de sonidos blandos y liquidos, por una mescla bien hecha de vocales y consonantes, que las compuestas de muchas consonantes asperas que se rocen unas con otras, o de muchas vocales seguidas, y demasiado abiertas; las cueales precisen a un hiatus o abertura desagrable de la boca.
Todo lo que es facil y agradable a los organos de la palabra, suena siempre al oido con gracia. Mientras va caminando el periodo, cada miembro forma al fin un reposo: y estos deben estas distribuidos de modo, que faciliten la respiracion; y caigan a tales distancias, que tengan entre si cierta proporcion musical.
El final o cadencia de la setencia, como la parte mas sencible al oido, pide todavia mayor cuidado. Señaladamente, cuando aspiramos a dar dignidad o elevacion aspiramos a dar dignidad o elevacion al asunto, debe ir creciendo el sonido hasta lo ultimo, reservando para la conclucion los miembros mas largos del periodo, y las palabras mas llenas y sonoras. Las palabras compuestas por la mayor parte de silabas breves pocas veces concluyen una sentencia con armonia, a no ser que una tirada anterior de silabas largas las haya hecho agradables al oido.
De mayor importancia y belleza es el
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sonido adaptable al sentido. El sonido o modulacion agradable en general, es un mero acompañamiento: pero el sonido adaptado al sentido supone haberse dado a la armonia una esprecion particular. Dos son los grados de esta; la cuerda del sonido adaptado al tenor del dicurso y la semejanza particular entre algun objeto, y los sonidos con que se describen.
DERECHO NATURAL.
Delos tres respectos en que el hombre pue de ser considerado en el estado natural, y de las obligaciones para con Dios y para con sus semejantes.
Todo en el mundo es una cadena continuada de relaciones: nada puede ecsistir sin tener dependencia o enlace con todos los demas seres de la naturaleza; asi es que el hombre en el estado natural puede ser considerado con respecto a Dios con respecto á sus semejantes, y con respecto á las cosas. Con respecto á Dios porque tiene relacion con el; con respecto a sus semejantes porque tiene relaciones con ellos, y con respecto a las cosas porque tiene relaciones con ellas. -- El hombre tiene relaciones con Dios, por que es su criatura, porque ha recibido de el su ser, porque su razon es una parte aunque infinitamente pequeña, de su sabiduria infinitamente grande, y porque ha venido al mundo a llenar el fin a que lo ha destinado. -- Tiene relaciones con sus semejantes, porque depende de ellos, por que no puede vivir solo, porque en el estado solitario seria infeliz, no podria reproducirse, dejaria de ecsistir, y la tierra quedaria desierta-- Tiene relaciones con las cosas, porque tiene necesidad de ellas para ecsistir y ser feliz. De estas relaciones nacen, o por mejor decir, son los vinculos que forman los derechos y las obligaciones.
El hombre con respecto á Dios solo tiene obliaciones y no derechos. Tiene obligaciones, porque esta en la necesidad de hacer todo lo que quiere su voluntad espresada en las leyes esternas que rijen el universo: pero no tiene derechos, por que seria el colmo del absurdo, que un ser que todo lo debe á Dios tubiese derecho á ecsijir algo del que nada le debe.
Con respecto á sus semejantes tiene derechos y obligaciones por las razones ya espresadas. Con respecto á las cosas, tiene derechos pero no obligaciones, Tienen derechos porque esta facultado para servirse de ellas de un modo conveniente; pero no tiene obligaciones, porque tambien seria absurdo suponer que un ente sencible y animado, tubiere obligaciones para con una cosa insencible é inanimada. (1)
A estas relaciones han dado chistosamente los escritores del Derecho Natural el nombre de oficios, seguramente de la palabra latina oficium entretenimiento ó destino, poniendo la lengua en contradiccion consigo misma, y queriendo dar importancia á sus escritos con el misterio y la oscuridad de las palabras.
Tambien hasta estos tiempos se han enseñado en las escuelas de jurisprudencia, las obligaciones para consigo mismo; pero esto ha sido efecto de la mala inteligencia del lenguaje, y de la falta de ecsactitud en el raciocinio. Dicen que el hombre tiene obligacion de conservarse, de instruirse &. ¿No es esto confundir el derecho con la obligacion, y hacer de dos cosas tan distintas y aun tan opuestas entre si, una cosa cosa? Por que si la obligacion de conservarnos, de instruirnos & no es lo mismo que el derecho de conservarnos de instruirnos &; no se que pueda ser. Ademas para que exista una verdadera obligacion, es necesario suponer dos individuos á lo menos; el obligado y aquel áquien este deba dar alguna cosa ó prestar algun servicio. Si el obligado se niega á cumplir su obligacion, aquel á quien esta es favorable, tiene derecho á forzarle al cumplimiento de ella. ¿Y no seria una cosa muy ridicula decir, que si yo no quisiera desempeñar la obligacion de comer tendria derecho para forzarme a mi mismo a comer? Las obligaciones pues para consigo mismo, son un sueño de los escritores del Derecho Natural; pues el hombre para consigo mismo no tiene sino derecho.
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(1) Hemos dicho en el número anterior, que derecho y obligacion eran dos terminos correlativos ninguno de los cuales podra ecsistir sin el otro; pero esto se hade entender en igualdad de sircunstancias.
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Imprenta del Gobierno por J. M. Arias