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"ante los Mandarines sobre dhas praxes: en ese casso se dara sentenzia
"segun los decretos del Empor. ; y si una vez se da este exemplar toda la
"vida viviremos con este trabajo, con gran detrimento de los Christianos, y
"de la Ley de Dios: y si de Audienzia sube el pleito (como suce-
"de) a los Consexos, se dara fin a la Ley de Dios en todo el Reyno, sin que
"el Empor. aunque fuesse Xtiano , lo pueda Ympedir. Y por ultima en Chi-
"na no tenemos otro, que nos tenga algun affecto, sino el Empor. y si ay otros al-
"gunos, comunmente es mas por respeto suyo, que por voluntad; y assí si a
"este perdemos, lo perdimos todo; y si se muere, como es nesesso. , quedamos en
"manos de ntros. enemigos. el dia de oy en que tenemos a este emperador,
"creo que a poco, que [le] diessemos, que dara a su [stado] este pleito, y con espe-
"ranza de que se perpetuasse la Mission. Y assi si se diece lugar para no
"mudando la pratica puesta [E.] V Exa. dexar a la conciencia de cada
"uno el disputar en quanto a la especulativa sobre estos punctos, como
"es [Vga.] decir, que el Chy no se permite siempre en el se [dicrepen-
"tiziones], se llamaren a las almas a comer, o se juzgaren las a [ni]
"mas vivir en las tablillas &za. Pero no dandose, o quitandosse estas"
"cosas, se pueda disputar Utrum sea tolerable, ò permisible el Chy
"de los aguelos, y Confucio? o Utrum haciendo el Emperador. + {Ley de que no se pida &z. Sea tolerable dicho chy, y segun la resolucion poder responder al Empor.} Lo mismo
"servantis servandis, se pudiera decir de las tablillas, y del Xangty. En
"esse caso creo que el Emperador se aplacara, y la Mission quiza
"bolbiera en si con maior augmento, y el Decreto de V Exa. en quanto
"a la practica se observara, lo qual el dia de oy comunmente no ha-
"cen los Christianos de China: y apagado que fuera por aora este fuego, fuera mas
"facil en otra mexor ocazion prohibirlo todo: Mas no cediendo en algo en esta
"ocazion (como de echo no cedemos) todo lo perderemos. Temo que seremos ob-
"ligados de los Mandarines a yr a la Corte; y respondiendo (como de echo res-
"ponderemos) segun el Decreto de V Exa. a las preguntas del Emperador creo
"que nunca podremos alcanzar el piao; y assi solo servira nuestro viage de
" gastos y trabaxos, y no de utilidad alguna. Algunos, se dice, le han sacado di-
"ciendo, siguieron las praxes del Pe. Matheo Riccio, sin decir in futurum las
"seguiran o no. Nosotros no nos conformamos con este modo; sino que antes
"V Exa. de licencia para esso sin la qual nunca pasaremos en silencio la
"praxe que emos de tener en adelante. C. tenido despacho de Philipinas, en que
"me dicen ser Provl. el Pe. F. Franzco. de Zamora, y que yo pro sigo en el ofi-
"cio de Vico. Prov. en esta Mission; pero siempre estare debaxo de la obe-
"dienzia, y proteccion de V. Exa. de la qual necesito aora, y siempre para
"el acierto de mis operaciones &za. Dios gue. a V. Exa. muchos años, como
"Deseo para bien de estas Missiones, de esta Yglesia de Xaō Kingfū, Di-
"ciembre 16 de 1707. = Todos estos Padres se ponen a la obediencia de
"V Exa. y piden su bendicion, deseandole felices Pasquas. y entradas de
"año nuevo &za. = Exmo. Señor = B. L. M. de V Exa su menor sier-
"vo, y Capellan = F. Thomas Hortiz = Exmo. señor D.D. Carlos
"Thomas de Mayllard, y Journom Pata. Antiochense, y Visit. Apostolico
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